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DS49

Llamado en condiciones especiales del DS49 para proyectos de construcción en nuevos terrenos con autoconstrucción asistida e industrialización. VIGENTE

También denominado de Urbanización y Construcción en dos Fases, busca, disponer de terrenos loteados y urbanizado de manera rápida y efectiva. En el mismo sentido, permite responder eficientemente a la necesidad habitacional especifica de las familias, ya sea a través de procesos de auto construcción o de la provisión de vivienda tipo industrializada aprobada para esto por el MINVU. Los elementos principales del llamado son:

  • Permite desarrollar el proyecto CNT en dos fases, incluso firmando dos contratos de construcción;
  • Se califica el proyecto sólo con antecedentes de la fase de Loteo y Urbanización;
  • Reduce tiempos en revisión de arquitectura pues incorpora la vivienda tipo industrializada;
  • Otorga flexibilidades para que municipalidades puedan participar en la gestión de los proyectos;
  • Rebaja algunos requisitos para los grupos de familias, por ejemplo, postular sin PJ;
  • Exige tamaño de lotes resultantes de 162 m2.

El llamado está especialmente dirigido a que municipios, SERVIU y otros organismos sin fines de lucro puedan Lotear y Urbanizar rápidamente terrenos para atender a grupos organizados y que no necesariamente estén constituidos como comité.

Llamado año 2023 en condiciones especiales, del DS49 para proyectos de construcción en nuevos terrenos con autoconstrucción asistida e industrialización.

Dispuesto por Resolución Exenta N° 390, de (V. y U.), del 03/02/2023. (Publicada en el Diario Oficial el 09/02/2022)

Postulación en la alternativa de postulación COLECTIVA para Proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos, de hasta 300 viviendas, en todas las regiones del país.

Pueden postular los proyectos habitacionales antes mencionados, que cuenten con Calificación hasta el día 21 de diciembre de 2023. En cuanto a los recursos destinados al llamado, estos se distribuyen de la siguiente manera:

Región Recursos (UF)
Arica y Parinacota 203.175
Tarapacá 116.100
Antofagasta 847.530
Atacama 116.100
Coquimbo 232.200
Valparaíso 232.200
L. Gral. B. O’Higgins 464.400
Maule 58.050
Ñuble 23.220
Biobío 464.400
La Araucanía 174.150
Los Ríos 58.050
Los Lagos 75.465
Aysén del Gral. Carlos Ibáñez del Campo 23.220
Magallanes y la Antártica Chilena 58.050
Metropolitana 232.200
TOTAL PAÍS 3.378.510

Serán seleccionados los proyectos que cuenten con calificación definitiva o condicional, otorgada por el SERVIU según el procedimiento indicado en la presente resolución, según el orden y fecha en que obtuvieron su calificación, o hasta agotar la totalidad de los recursos dispuestos para cada región convocada. El proceso de selección se iniciará una vez transcurridos 14 días corridos desde la dictación de esta resolución y hasta el 7 de diciembre de 2023, por resoluciones del Ministro de Vivienda y Urbanismo.

AHORRO REQUERIDO

Tramo de calificación socioeconómica según RSH Ahorro mínimo (UF)
40% 10
50% a 90% 15

CALIFICACIÓN SOCIOECONÓMICA

Para la conformación de los proyectos postulantes colectivos se debe considerar lo siguiente:

  • A lo menos el 70% de sus integrantes deberá pertenecer al 40% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares.
  • Hasta un 30% de los integrantes podrá estar situado sobre el 40 y hasta el 90% más vulnerable de la población según el Registro Social de Hogares.

De acuerdo a la vulnerabilidad acreditada, los postulantes contaran con el siguiente financiamiento diferenciado:

Tramo de calificación socioeconómica según RSH Monto subsidio regiones de Arica y Parinacota, de Tarapacá, de Antofagasta, de Atacama, las comunas de Juan Fernández e Isla de Pascua en la Región de Valparaíso, la provincia de Palena en la Región de Los Lagos, las localidades de Isla Mocha e Isla Santa María de la Región del Biobío así, como las regiones de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo y de Magallanes y Antártica Chilena (UF) Monto subsidio territorios no incluidos en columna anterior (UF)
Hasta el 70% 1020 UF 920 UF
80% y 90% 275 UF 175 UF

¿Qué se debe hacer para optar al subsidio del Fondo Solidario de Elección de Vivienda en esta modalidad?

  1. Pertenecer a un grupo organizado que esté compuesto entre 2 a 300 integrantes. Sin necesidad de contar con Personalidad Jurídica
  2. El grupo debe contar con la asesoría de una Entidad que patrocine el proyecto, para este llamado puede ser una Entidad Patrocinante, la municipalidad, el SERVIU de la región o una organización sin fines de lucro.
  3. La Entidad debe presentar un proyecto habitacional para la Construcción de un loteo en un terreno, que puede ser del comité, de la Entidad Patrocinante, de la Empresa Constructora o adquirirse cuando se obtenga el subsidio.
  4. El proyecto puede ser aprobado con el 30% de las familias asociadas.
  5. El proyecto es evaluado por SERVIU, para lo cual existen plazos para emitir observaciones y para que éstas sean corregidas por la Entidad.
  6. Una vez que el proyecto resulte calificado por SERVIU serán seleccionas, es decir, que cuentan con financiamiento para desarrollar el proyecto.
  7. Durante todo el proceso de preparación, evaluación y ejecución del proyecto, las familias deben participar activamente.

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Documentos del Llamado

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