DS49
El Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda está destinado a familias que no poseen vivienda y viven en situación de vulnerabilidad social. Este apoyo del Estado en este Llamado especial permite adscribirse a proyectos seleccionados por el Fondo Solidario de Elección de Vivienda, bajo la modalidad de adquisición de terrenos. Este llamado está dirigido a personas que adquieran viviendas seleccionadas a través de proyectos caracterizados por contar con buenos atributos urbanos de localización.
Llamado a postulación en condiciones especiales del DS49, para la asociación a proyectos con viviendas en nómina seleccionados en llamados especiales a postulación colectiva, para la adquisición de terrenos y el desarrollo de proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos y Pequeños Condominios
Dispuesto por Resolución Exenta N° 764, (V. y U.), del 28 de mayo de 2024, (Publicada en el Diario Oficial el 05/06/2024)
Resolución Exenta N°1539, (V. y U.), de 2024 Selección del llamado del DS49 a postulación colectiva, para la asociación a proyectos con viviendas en nómina, para la adquisición de terrenos y el desarrollo de proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos y Pequeños Condominios, calificados al 27 de junio de 2024, aprobada por Res Ex 1539, (V. y U.), de 2024.
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Nómina de Beneficiados en la Selección del llamado del DS49 a postulación colectiva, para la asociación a proyectos con viviendas en nómina, para la adquisición de terrenos y el desarrollo de proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos y Pequeños Condominios, calificados al 27 de junio de 2024, Res Ex 1539, (V. y U.), de 2024.
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Pueden postular comités personas de las regiones de Antofagasta, Coquimbo, Valparaíso, Maule, Ñuble, Biobío, Los Ríos, Los Lagos y Metropolitana, cumpliendo con las condiciones de ahorro establecidas por la resolución exenta de selección del proyecto al que postula.
Pueden postular los grupos antes mencionados, que ingresen los antecedentes correspondientes al día 22 de junio de 2023, 18 de julio de 2023 y 19 de octubre de 2023, obteniendo un Comprobante de Postulación Aceptada, conforme a la siguiente distribución de recursos, por región:
Región | Recursos(UF) |
---|---|
Antofagasta | 7.290 |
Coquimbo | 46.170 |
Valparaíso | 32.805 |
Maule | 8.505 |
Ñuble | 18.225 |
Biobío | 19.440 |
Los Ríos | 32.805 |
Los Lagos | 2.430 |
Metropolitana | 155.000 |
Total | 322.670 |
La selección de postulaciones se hará en estricto orden de prelación, aplicando la metodología y factores de puntaje señalados en los artículos 23 y 24 del D.S. Nº 49, (V. y U.), de 2011, con las siguientes modificaciones:
Índice de hacinamiento | Puntaje |
Menor que 2,5 | 0 |
Entre 2,5 y menor que 5 | 200 |
5 o más | 400 |
Variables | Alternativa de ocupación |
Situación vivienda y/o situación sitio | Cedido, Uso gratuito |
Es el principal ocupante de la vivienda | No |
Los antecedentes de las postulaciones que no resulten seleccionadas serán devueltos a los interesados una vez publicada la resolución de selección en el Diario Oficial, por lo que no se mantendrán en el Banco de Postulaciones a que alude el Párrafo III, del Capítulo II del D.S. Nº 49, (V. y U.), de 2011.
1. Para la postulación se deberá acreditar el monto de ahorro comprometido por familia, según tramo de calificación socioeconómica que corresponda.
2. Si al momento de la postulación el terreno correspondiente al proyecto al que el postulante se asociará no hubiera sido adquirido, en los casos en que el ahorro total que deberán presentar cada una de las familias supere las 30 Unidades de Fomento para familias pertenecientes al 40% de la población nacional más vulnerable, según el Registro Social de Hogares, y 35 Unidades de Fomento tratándose de familias sobre dicho tramo, podrán postular acreditando a lo menos dichos montos, debiendo acreditar el saldo al momento de la compraventa del terreno, previo al ingreso del proyecto de construcción al SERVIU
Los subsidios disponibles para la construcción de las viviendas serán equivalentes a los entregados a los proyectos de construcción a los que el postulante se asocie.
El pago de los subsidios para la construcción se regulará de acuerdo a lo señalado en el Capítulo VII: De los procedimientos administrativos, del DS Nº 49, (V. y U.), de 2011 y las condiciones establecidas en el Llamado en el que fue seleccionado el proyecto al que el postulante se asocia.
Los proyectos deberán resguardar las condiciones establecidas al momentos de ser seleccionados, esto es:
Las postulaciones deberán ser registradas en el Sistema Informático que mantiene el Minvu, e ingresar los antecedentes que se exigen en el presente llamado a más tardar hasta las 17 horas de los días 27 de junio, 29 de agosto o 24 de octubre, para participar de cada cierre. El ingreso deberá hacerlo la Entidad Patrocinante correspondiente al proyecto al que se quiera postular.
El Serviu verificará la completitud de los antecedentes presentados en un plazo de 10 días hábiles, pudiendo solicitar correcciones a la postulación, debiendo la Entidad Patrocinante responder en la forma que dicho servicio disponga, durante un plazo máximo de 5 días hábiles, luego del cual, el Serviu aprobará o rechazará la postulación en un plazo de 10 días hábiles.
Entra a Preguntas Frecuentes para conocer más sobre cómo postular.