Los planes reguladores son Instrumentos de Planificación Territorial (IPT) que orientan y regulan el desarrollo de los centros urbanos en el territorio.
Estos Instrumentos tienen un ámbito de acción propio según la superficie del territorio que abarca y la materia o disposición que contiene. Así, en el nivel regional, están los Planes Regionales de Desarrollo Urbano, que entregan los lineamientos de desarrollo urbano regional; en el nivel intercomunal, existen los Planes Reguladores Intercomunales o Metropolitano, que regulan el desarrollo físico de las áreas urbanas y rurales de diversas comunas, que por sus relaciones, se integran en una unidad urbana; en el nivel comunal, están los Planes Reguladores Comunales , que promueven el desarrollo armónico del territorio comunal, de sus centros poblados, en concordancia con las metas regionales de desarrollo económico y social, y, los Planes Seccionales que se elaboran cuando no existen los Planes Reguladores Comunales, o bien, cuando se requiera fijar Zonas de Remodelación en el área urbana.
Se establece en la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente, que estos instrumentos (IPT), cuando comienzan su etapa de formulación o modificación, deben ser sometidos a un procedimiento especial de evaluación ambiental (en los casos que corresponda) que se denomina Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), con el objetivo de asegurar la incorporación de las consideraciones ambientales de desarrollo sustentable en el proceso de formulación o modificación del Plan.
Toda persona natural o jurídica puede participar en el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica de cada plan, ya sea en la etapa de diseño del Plan por un periodo mínimo de 30 días, a través de aportes y/o observaciones a los antecedentes que estarán disponibles según se informe en el extracto de cada plan en la página web institucional o Diario Oficial, o bien, en la etapa de aprobación, cuando se desarrolle la consulta pública del Anteproyecto e Informe ambiental de cada plan, por un periodo mínimo de 30 días, mediante la formulación de observaciones al Anteproyecto e Informe Ambiental correspondiente dentro del plazo que informe el Órgano Responsable.
Conforme a lo establecido en el artículo 14 del Reglamento de Evaluación Ambiental Estratégica y para los efectos de la participación ciudadana en este procedimiento, se cumple con informar, el inicio del procedimiento y la publicación de los expedientes de los Planes Reguladores que se encuentran Evaluación Ambiental Estratégica.
En consonancia con lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento de Evaluación Ambiental Estratégica y para los efectos de la participación ciudadana en este procedimiento, se cumple con informar el inicio de la Consulta Pública de los Planes Reguladores que se encuentran en Evaluación Ambiental Estratégica.
Con la finalidad de dar cumplimiento al artículo N° 16 del DS 32 de 2015 del Ministerio de Medio Ambiente que reglamenta el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica, el Seremi de Vivienda y Urbanismo, Daniel Barrientos Triviños invita a la comunidad a conocer e informarse del proceso de diseño del Plan Regulador Intercomunal de Borde Costero y Sistema Fluvial de la Región de Los Ríos que tiene por objetivo central planificar el territorio urbano y rural de las comunas costeras de la Región de Los Ríos: Corral, Valdivia, Mariquina y La Unión.
Para ello se entrega un Extracto de la Resolución Exenta N° 452 que permita informar a la comunidad:
Extracto de la Resolución Exenta N° 452 de fecha 18.08.2022
A partir de la publicación del presente extracto, y durante los siguientes 45 días corridos, los ciudadanos y ciudadanas, en particular de la comuna de Puyehue (localidad de Entre Lagos), podrán formular fundadamente observaciones por escrito, al Informe Ambiental y al Anteproyecto de Modificación del Plan Regulador Comunal de Puyehue. Las observaciones deberán presentarse en el Formulario de Observaciones disponible en la Oficina de Partes de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos, ubicada en Avda. Décima Región N° 480, Edificio Anexo, piso 3°, Puerto Montt, o a través del correo electrónico: oficinapartesseremiloslagos@minvu.cl y prcpuyehue_art50@minvu.cl. Para tales efectos, la documentación estará disponible, en el sitio web : https://www.minvu.gob.cl/evaluacion-ambiental-estrategica-de-los-planes-reguladores/, y en las dependencias de la Secretaría regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, ubicada en Avda. Décima Región N° 480, Edificio Anexo, piso 3°, Puerto Montt, de 9:00 a 13:00 hrs., durante 45 días corridos desde la fecha de publicación en el Diario.
Es importante señalar que ante la situación de emergencia sanitaria, aquellas personas que decidan consultar el expediente dispuesto en la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, deberán hacer uso de mascarillas en todo momento, y de alcohol gel, al consultar el expediente.
RODRIGO MASSA ALBARRAN
SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO (S)
REGIÓN DE LOS LAGOS
PRI Cauquenes
Extracto resolución de inicio EAE del PRI Cauquenes
EAE PRI Limarí
Inicio del proceso de Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) del proyecto “Modificaciones puntuales al Plan Regulador Comunal de la Ciudad de Valdivia, sector Guacamayo – Art. n° 50 LGUC. – Altos de Guacamayo III”.
ORGANISMO RESPONSABLE:
Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Ríos
RESUMEN:
En marco de los avances en los trabajos para materializar la Zona de Interés Público de la extensión urbana “Altos de Guacamayo” en la ciudad de Valdivia, es necesario ajustar Normas Urbanísticas puntuales al Plan Regulador Comunal de Valdivia, el cual fue aprobado en Santiago el 04 de octubre de 1988 bajo el decreto N°179 del Ministerio de Vivienda Y Urbanismo, y publicado en el diario oficial el día 03 de noviembre del mismo año, y el Plan Seccional Alto Guacamayo aprobado por resolución N° 17 del Core (Región de Los Lagos) del día 24 de abril del 2003 y publicada en el diario oficial el 30 de mayo del 2003. Estas modificaciones se realizarán bajo la aplicación del art. n° 50 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y el art. n° 6.1.12 de su Ordenanza.
El plan modificará las normas urbanísticas a los lotes de propiedad Serviu Los Ríos, lotes 1-Za, 1-Zb y parte del lote X-6 del sector “Alto Guacamayo” para dar cabida a nuevos proyectos habitacionales desarrollados por este Ministerio, y contempla mayor densificación, aumento de alturas máximas edificables, redistribución de las áreas verdes, consolidación del borde humedal, ajustes de vialidad y reordenamiento de los equipamientos.
CRITERIOS DE DESARROLLO SUSTENTABLE:
El plan pretende promover la Equidad e Integración social de las comunidades a través de una planificación urbana sustentable que facilite el acceso a la infraestructura pública, sistemas naturales y uso estratégico del suelo para la construcción de comunidades más sustentables y mejoras en la calidad de vida de sus habitantes.
Ambiental: Reordenamiento de las áreas verdes y parques presentes en el Plan, distribuyéndolas de manera equitativa dentro de los nuevos conjuntos habitacionales.
Social: Generación de condiciones de habitabilidad, como la diversificación de los usos de suelo, equidad territorial, accesibilidad, pertinencia y proximidad, para las nuevas zonas habitacionales.
Económico: Proporcionalidad del diseño territorial; entre la infraestructura vial, equipamiento, transporte y utilización de suelo para la sustentabilidad y eficiencia del sistema urbano planteado.
OBJETIVOS AMBIENTALES:
LUGAR, FECHAS Y HORARIOS EN QUE ESTARÁN DISPONIBLES LOS ANTECEDENTES Y RECEPCION DE OBSERVACIONES Y/O APORTES:
INICIO EAE PLAN REGULADOR INTERCOMUNAL BORDE COSTERO DE ANTOFAGASTA
Plan Regulador Intercomunal Tinguiririca
Estudios IPT: